¿Estás a punto de realizar un trámite de divorcio y no sabes diferenciar un divorcio de mutuo acuerdo y un divorcio contencioso? O por el contrario ¿tienes conocimiento sobre ambos casos, pero no sabes que conlleva cada uno de estos? Descuida, en Abogados Zaragoza te lo explicamos.
En primera instancia cuando hablamos de un Divorcio de mutuo acuerdo y sus mismas palabras lo indican, se trata de un divorcio en el que ambas partes se encuentran en completa disposición y acuerdo para realizar el proceso y trámite legal, esto debe ser constado en un convenio regulador y ratificado frente a un juez, no puede ser algo espontaneo sin validez legal.
Los divorcios de mutuo acuerdo también deben tener un elemento especifico y es la duración del mismo matrimonio, pues deberá tener este al menos unos 3 meses de longevidad para llevar a cabo un trámite de divorcio de mutuo acuerdo, la demanda de divorcio tiene partes muy específicas y en caso de tener hijos involucrados, debe manejarse certificaciones de nacimiento de los mismos.
Cuando hablamos de divorcio contencioso, estamos tratando con un procedimiento donde solo uno de los conyugues desea separarse, todo esto sin el consentimiento del otro, obligando a un proceso judicial mucho más complejo y extenso que requiere de estudio y mediación.
Existen documentos que no se necesitan al hablarse de un divorcio contencioso, uno de ellos es el convenio regulador, ya que este se sustituye por una medida directamente dictada por un juez bajo sentencia; sin embargo, el mismo trámite debe esperar al menos a los 3 meses de matrimonio como mínimo para proceder sin problemas.
Los divorcios contenciosos a diferencia de los divorcios de mutuo acuerdo pueden tener un tiempo indefinido, ya que al no estar una de las partes bajo consentimiento, se suelen complicar diversas acciones.
Diferencias más notorias entre un divorcio contencioso y un divorcio de mutuo acuerdo
A manera de resumen, los trámites se diferencian por lo siguiente:
- La manera de decisión: Cuando un divorcio se trabaja por mutuo acuerdo, ambas partes dictan la separación de bienes, la guarda y custodia, compensaciones, el régimen de visitas y todo lo referente a las obligaciones morales, algo totalmente diferente a la decisión por divorcio contencioso donde absolutamente todo es dictaminado y estudiado por el juez encargado del caso.
- La necesidad de informe psicosocial: Bajo ruptura forzosa y el hecho de involucrar hijos en el caso particular, un divorcio contencioso requiere de un informe psicosocial, mientras que en los divorcios de mutuo acuerdo esta acción no es necesaria.
- Los tiempos: Cuando mencionamos anteriormente los plazos indefinidos, en realidad nos referíamos al hecho de esperar demasiado por una resolución, pues los divorcios de mutuo acuerdo son rápidos, máximo de un mes, mientras que los divorcios contenciosos proceden (o no) en un lapso máximo de 6 meses.
- Abogados y procuradores: en un caso de mutuo acuerdo solo es necesario un procurador y un abogado, de hecho, se puede llevar el caso por solo una de las partes involucradas mientras que en un divorcio contencioso se requiere de 4 personas, dos procuradores y dos abogados.