La custodia compartida en Aragón había sido tema de debate durante mucho tiempo, hasta que se generaron cambios recientes en las leyes que la rigen.

El pasado 21 de marzo de 2019, las Cortes de Aragón aprobaron la supresión del término de custodia compartida preferente.

Este cambio generó un fuerte debate político y judicial, que tuvo lugar durante varios meses, hasta que finalmente se aprobó la petición, propiciada por grupos de izquierda.

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Principales críticas

La custodia compartida en Aragón, obligaba a ambas partes (padre y madre), a compartir la crianza de los hijos, independientemente de los elementos que rodearan la separación o divorcio.

Durante muchos años fue criticada por grupos que aseguraban que uno de los grandes problemas de la custodia compartida, era el efecto que tenía sobre los hijos el régimen de vivir unas semanas en casa de la madre y otras en casa del padre.

Los detractores de esta ley, aseguraban que existía un gran número de niños afectados psicológicamente por los cambios que provocaba el régimen de custodia compartida.

Por otra parte, criticaban que alguno de los padres pudiera tener derecho a la custodia compartida, aun cuando hubieses casos comprobables de faltas a regímenes de pago de manutención u otras responsabilidades ligadas a la crianza de los niños.

A partir de estas críticas, fueron muchas las acusaciones en contra de la custodia compartida en Aragón y  los intentos por lograr una modificación.

 

¿De qué va el cambio?

Finalmente, en marzo de 2019 el cambio llegó. La campaña y los votos de grupos de izquierda terminaron de darle el empujón al cambio que se requería, y el 21 de marzo se aprobó la eliminación de la custodia compartida preferente.

Esto significa que, a partir de ese momento, será el juez que lleve el caso quien determinará la modalidad de custodia que mejor le ajuste a la protección del menor, en el caso en que no haya mutuo acuerdo entre los progenitores.

La Ley de Custodia ha sido modificada, dando especial importancia a lo que es mejor para el menor, a criterio del juez que se encargue del caso.

Esto supondría que el magistrado debería tomar en consideraciones algunas atenuantes o mitigantes que podría afectar la decisión de custodia, tales como el incumplimiento de responsabilidades de manutención, sospecha de maltrato o condiciones psicológicas especiales en niños y menores como consecuencia del divorcio.